El Ministerio de Salud, a través del Departamento de Protección de Alimentos (DEPA), comunica, que con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 40 de 26 de enero de 2010 y en el Decreto Ejecutivo 1842 de 5 de diciembre de 2014, los requisitos para obtener el Permiso Sanitario de Operación de los establecimientos que realizan actividades de alto riesgo público, llámese mataderos y fábricas y/o establecimientos que procesan alimentos, así como bodegas de alimentos son los siguientes:
• Nota de solicitud al Director General de Salud.
• Fotocopia de la cédula.
• Copia de Certificado de Registro Público.
• Copia de Aviso de Operación.
• Estudio de Impacto Ambiental de la ANAM (Si es necesario).
• Descripción de las Actividades.
• Descripción de Infraestructuras y utensilios.
• Croquis o Planos Planta (Sellado: Subdirección Ambiente).
• Inspección Satisfactoria de la Región de Salud Correspondiente (No menos de 30 días).
• Fotocopia de la cédula.
• Copia de Certificado de Registro Público.
• Copia de Aviso de Operación.
• Estudio de Impacto Ambiental de la ANAM (Si es necesario).
• Descripción de las Actividades.
• Descripción de Infraestructuras y utensilios.
• Croquis o Planos Planta (Sellado: Subdirección Ambiente).
• Inspección Satisfactoria de la Región de Salud Correspondiente (No menos de 30 días).
El propósito de dar a conocer estos requisitos para el Permiso Sanitario de Operación es para que estos establecimientos cumplan con las disposiciones sanitarias vigentes y al mismo tiempo salvaguardar la salud de la población, porque con esto se garantiza que los alimentos provengan de fuentes confiables.